En los últimos años las autoridades fiscales detectaron un conflicto en el envío de la información contenida en el CFDI como;

  • la falta de precisión en los datos requeridos
  • errores en los importes
  • cálculos de impuestos
  • omisión en datos relacionados con el comercio exterior
  • campos que no se utilizaban, entre otras.

Por esta causa, se llevó a la creación de una pauta tecnológica (ya que el marco normativo permanece intacto), con la que la información será más detallada y específica.

Este modelo tecnológico es el Anexo 20 en donde surgen dos figuras más de CFDI:

  • Nóminas
  • Recepción de pagos.

Era conocido que la versión 3.3 de dicho anexo sería vigente a partir del 1 de julio de 2017 sin embargo, el comunicado de prensa publicado el 12 de mayo en el portal del SAT fundamentado por la regla 2.7.1.35. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017 menciona que,

“expedir facturas con el complemento para recepción de pagos es opcional e inicia el próximo 1 de julio (sólo con la versión 3.3), pero que a partir del 1 de diciembre el uso del complemento para recepción de pagos será obligatorio.”

Agunas diferencias significativas entre la versión 3.2 y la 3.3, las puntualizamos a continuación:

CFDI Versión 3.2CFDI Versión 3.3
Es necesaria la señalación de: direcciones fiscales y lugares de expedición.Es eliminado el nodo de domicilio fiscal y lugar de expedición.
El folio de la factura posee una longitud máxima de 20 caracteres.El folio de la factura posee una longitud máxima de 40 caracteres.
El nombre del receptor no se encuentra limitado por cierto numero de caracteres.El nombre del receptor se encuentra limitado por 254 caracteres.
El tipo de cambio era opcional.El tipo de cambio es un atributo condicional y será requerido cuando la clave de moneda sea distinta de MXN. El valor debe de representar el numero de pesos mexicanos que equivalen a una unidad de la divisa señalada en el atributo de moneda.
No existía clave de confirmación.Se utiliza para registrar la clave de confirmación que entregue el PAC para expedir el comprobante con importes grandes, con un tipo de cambio  fuera del rango establecido o con ambos casos.

Estos cambios deberán permear su sistema de facturación actual de manera que, cumplan los requisitos en tiempo y forma.

Nos encontramos dentro del margen para realizar esta implementación, por lo que le invitamos a que visite a su equipo contable de cabecera para confirmar que estos cambios se encuentran en su plan de acción. Evitando que usted estimado lector y contribuyente sufra de alguna amonestación en su procesos de laborales (nómina) y/o comerciales (complemento de pago en facturación)

Así mismo lo invitamos, a que en caso de tener dudas en este proceso de actualización nos contacte y resolvamos esos detalles.