Llegó el 2022, y aun no se enfría la rosca de reyes cuando ya estamos regresando a la actividad para comenzar a informar de los nuevos cambios al CFF para entrar en vigor este 2022.
Con el objetivo de salvaguardar el derecho de los contribuyentes de acreditar y deducir los impuestos correspondientes y de evitar malas prácticas en la cancelación unilateral de los comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI), a partir del 1 de noviembre del 2018, las facturas en algunos casos solo podrán cancelarse cuando la persona a favor de quien se expidan acepte su cancelación.
Ahora bien, con motivo de la reforma al artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación para 2022, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 2021, a partir del 1 de enero de 2022, los CFDI sólo podrán cancelarse en el mismo ejercicio en que se hayan emitido a excepción de la factura global emitida por las personas físicas del Régimen Simplificado de Confianza, las cuales solo podrán cancelarse en el mes de su emisión.
Para aquello ávidos por la lectura de dichos cambios, el SAT a puesto a disposición del público el Manual de Cancelaciones (31-12-2021)
Para aquello que son más audiovisuales, el SAT colocó una presentación que resumimos a lo que consideramos más relevante, y lo ponemos a su disposición.
Por lo anterior durante el 2022 y en adelante, sugerimos tome especial cuidado en sus políticas de facturación y cancelación de las mismas para evitar discrepancias en las mismas.
Para aquellos momentos de duda, recuerde que cuenta con profesionales como el Despacho Contable de Xalapa para su atenderlo, deseandole tenga un excelente año fiscal 2022.