El SAT (Servicio de Administración Tributaria) en su afán de mejorar el flujo de información proveniente de los contribuyentes, ha publicado las modificaciones a las facturas (CFDI) en su versión 3.3

Aun cuando estos cambios competen al personal encargado de llevar la contabilidad en su negocio o empresa, es importante darle a conocer algunas de las modificaciones . Y para ello le presentamos este breve resumen.

c-2017A partir del 1 de Enero del 2017:

  • La cancelación de facturas se efectuará bajo un nuevo procedimiento.
  • Al efectuar un desembolso en parcialidades se deberá emitir una factura por el monto de $0.00 en cada exhibición, hasta que se cubra el total, incorporando el complemento de pagos.
  • En este tipo de pagos (múltiples exhibiciones) al expedirse una factura que acredite que la operación a sido total o parcialmente pagada, esta no podrá ser cancelada. Las correcciones se efectuarán en CFDI egresos por devoluciones, descuentos o bonificaciones.
  • Se sancionará con multas a aquellas personas físicas o morales que no agreguen el complemento INE al expedir facturas a partidos políticos o asociaciones civiles.
  • Entrarán en vigor nuevas reglas de validación que permitan conocer los regímenes tributarios de un contribuyente, en caso de no ser válido, la factura no podrá ser timbrada.
  • La factura, el recibo de nómina y el comprobante de pago, se distinguirán como documentos diferentes, entre otros…

Para conocer más al respecto de estos cambios, los detalles y modificaciones que entrarán en vigor este 1 de Enero del 2017 lo invitamos a que nos visite y con gusto le asesoraremos en detalles específicos que aplique a su caso.