En la premisa de la frase “información es poder”… ponemos a su consideración este texto que podría serle útil, si Usted cae en el supuesto que la Ley establece a continuación:

 Los contribuyentes que perciban ingresos, por el concepto de salarios, deberán presentar su declaración anual en Abril del año siguiente si; dejaron de prestar servicios antes del 31 de diciembre de ejercicio de que se trate o, cuando hubieran prestado servicios a dos o más empleadores en forma simultánea.

Es decir…si Usted como asalariado comenzó a laborar en determinado empleo en Enero de este año pero, por algún motivo dejó de laborar en el mes de Mayo, significa que Usted es requerido en Abril del siguiente año para presentar su declaración anual debido a que no cubrió el ejercicio completo de 12 meses.

año-laboral-interrumpido

Por otra parte, si Usted como asalariado en la jornada matutina se desempeña en un organismo gubernamental o privado y en la vespertina labora para la iniciativa privada u organismo gubernamental, aplica el concepto de dos patrones al mismo tiempo, porque existe un vínculo laboral sincrónico y, deberá presentar la multicitada declaración.

doble-patron

En un orden similar de ideas estimado lector, hacemos de su conocimiento que a través de un comunicado Oficial, la dirección de Recursos Financieros de la Secretaría de Educación de Veracruz, informó a todo su personal, que los trabajadores cuyo sueldo se integre con presupuesto de la federación  y presupuesto del estado, tendrán por entendido que cuentan con dos patrones, lo cual les obliga a cumplir con el ordenamiento establecido en el Artículo 98, fracción III, inciso c) de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, de forma individual.

SEV-SEP

Si Usted presta sus servicios para esa Secretaría, o desea ampliar la información, le proporcionamos el link siguiente, para tales efectos:

http://www.sev.gob.mx/recursos-financieros/comunicado-oficial/

Comunicado Oficial | Dirección de Recursos Financieros

www.sev.gob.mx

A todo el personal de la SEV, se le informa que a partir del 1 de enero de 2015 los trabajadores cuyo sueldo se integre con presupuesto de la federación (FONE) y …

Y recuerde, cuenta con nosotros para regularizar su situación fiscal, en caso de que éste supuesto se haya cumplido en años anteriores o advierta que su obligación fiscal esta por iniciar.