A partir de los cambios realizados en la normativa fiscal en diciembre del año pasado, es importante hacer notar que las compañías:

  • Marítimas
  • Ferroviarias
  •  Aerolíneas
    • Comerciales
    • Privadas

Se encuentran obligadas a reportar al SAT la información de los pasajeros que salen o entran a territorio nacional antes del despegue, en el caso del trafico aéreo. Esto publicado en la ley aduanera nacional, la cual podrá analizar a detalle en este enlace.

Consideramos que tener conocimiento de esta información le permitirá planear su experiencia y tener un grato retorno de su viaje. Recuerde que cuenta con nosotros para asesorarlo en materia fiscal, si tiene alguna duda.

Ahora que viaja con el SAT…

es necesario abrocharse los cinturones.