En apego a las reformas legislativas en contra del crimen organizado y la evasión fiscal, consideramos importante recordar el contexto actual, del uso de efectivo según la LFPIORPI.

La LFPIORPI, también conocida como la Ley Contra el Lavado de Dinero, estipula en su «Capítulo IV. Del Uso de Efectivo y Metales», en el Artículo 32; la prohibición de pagar o recibir pagos mediante el uso de monedas y billetes, en moneda nacional o divisas y metales preciosos para la constitución, transmisión de derechos o propiedad en los montos


$824,007.00 (2019)

I. Derechos reales sobre bienes inmuebles

$329,602.80 (2019)

II. Vehículos nuevos o usados, sean aéreos, marítimos o terrestres.

III. Relojes, joyería, metales y piedras preciosas por pieza o lote, así como piezas de arte.

IV. Compra de boletos, o pago de premios, sorteos o apuestas.

V. Prestar servicios de blindaje a los vehículos antes mencionados.

VI. Transmisión de dominio por títulos en partes sociales o acciones de empresas.

VII. Arrendamiento de bienes antes mencionados


Es importante citar que la ley establece los montos basándose en salarios mínimos, por ello, estos montos cambian con cada actualización en el salario mínimo al momento de cada transacción.

Entendemos que estos montos no son ordinarios, sin embargo el exceder el uso de efectivo en alguna de estas operaciones significaría una directa violación de la ley y, al mismo tiempo de incurrir en el supuesto de realizar operaciones con efectivo de procedencia ilícita (con todos los procesos que la ley aplique).

En aras de sanear la recaudación fiscal, es decir, combatir al crimen organizado, los actos de corrupción y la evasión fiscal, es que esta administración pretende reducir el uso de efectivo.

Sin embargo, esto no hace que el uso de efectivo deje de ser un método legal y válido, más si exige del contribuyente conocer las limitantes en el uso del efectivo para ayudarse a mantener una situación fiscal saludable y contribuir con el pago de sus obligaciones de manera justa y proporcional.

En el Despacho Contable de Xalapa, estamos para atender los retos contables de su caso específico, por lo que lo invitamos a contactarnos en caso de que requiera servicios contables profesionales.